Tribunal DESC de Mujeres |
¿Por qué el tema del agua es tan
importante para garantizar los derechos humanos de las mujeres?
“Si los gobernantes realizaran el trabajo domestico,
no privatizarían los servicios públicos y el agua”. Esta fue una de las consignas de la primera marcha realizada
en el año 1996 por las mujeres populares
en Medellín hasta el Concejo Municipal,
para impedir la privatización de los servicios públicos y
el agua. A partir de esta movilización, la
Red Popular de Mujeres, asume un trabajo de incidencia para que los servicios
públicos domiciliarios, especialmente el agua sean garantizados como derechos
fundamentales en la ciudad, sobre todo en aquellos lugares marginados y
apartados.
Alrededor
de este tema es importante mencionar que, la ONU reconoce que en la crisis del agua en el planeta, las más afectadas son las mujeres; ya que
de los 1.2 billones de personas que no tienen acceso al agua, más de la mitad
son mujeres y niñas del campo y las ciudades. Por otro lado, existen
diferencias y desigualdades de género en el acceso, uso, manejo y control de
los recursos hídricos, y sobre todo baja incidencia de las mujeres en las
instancias de toma de decisión relacionadas con el agua. A lo que se suma, la urgente
necesidad de visibilizar la realidad de desigualdad que viven las mujeres en
sus territorios, ya sean urbanos o
rurales, por la falta del agua, principalmente por la división de roles que coloca a las
mujeres como responsables del trabajo reproductivo y del cuidado de la familia. Una mejor disposición del agua, sin lugar a
dudas, impacta positivamente la vida de las mujeres, aumentando su bienestar,
reduciendo la carga del trabajo reproductivo y extendiendo sus oportunidades de
educación, inserción y permanencia en el mundo del trabajo, así también como aumentando
sus espacios de ocio y descanso.
En este sentido, para la Red de Mujeres Populares es muy importante que
la sociedad tome conciencia de que “…mientras más escasa es la
provisión del agua para las familias más sobrecarga de trabajo tienen las mujeres, situación que no se modificara entre tanto las mujeres sigan siendo las
únicas responsables del trabajo domestico y reproductivo”, por lo anterior, se requiere realizar un trabajo de
divulgación y concienciación sobre este tema.
Por otro lado, también,
se requiere un trabajo para modificar la visión que se tiene de la relación de
las mujeres y el agua, de sólo beneficiarias o consumidoras a gestoras y
tomadoras de decisiones para la formulación de políticas que incluyan los
intereses de las mujeres.
El derecho a un mínimo vital del agua
La Corte Constitucional de Colombia en reiterada
jurisprudencia, ha señalado que poder disponer de agua potable, suficiente,
salubre, aceptable y asequible para el uso personal y doméstico, es un derecho
fundamental de los seres humanos, debido a que su supervivencia está
indisolublemente ligada a la posibilidad de gozar de ella. El derecho al agua
es un presupuesto fundamental de otros derechos como el derecho a la vida, a la
salud,[1]
a un ambiente sano[2],
a la alimentación adecuada, a la vivienda y a la vida digna. En virtud de lo
anterior, esta Corte ha protegido el derecho al agua en su carácter
fundamental.
En Medellín no existe estudios actualizados y desagregados
por género sobre la situación de las personas desconectas de los servicios
públicos y que no tienen acceso al agua, por ejemplo: situación de las mujeres desconectadas
del acueducto, afectación en la salud de las mujeres de actividades derivadas
de cargar agua, mujeres que se proveen de acueductos comunales y mujeres
rurales afectadas en los territorios por la creación de macro y micro proyectos
que destruyen las fuentes del agua, entre otros.
Para
tener un acercamiento a la situación de las personas desconectadas en Medellín
y particularmente de las mujeres, es importante referir datos de la Encuesta de Calidad de Vida para el 2012, en
la cual se registra que el número de
familias con el servicio de agua y alcantarillado suspendidos ascienden a 25.544,
que en promedio serían más o menos 100.00
personas.
El caso de la vulneración del derecho al mínimo
vital en Golondrinas
Según la nota periodística del periódico El Colombiano,
realizada el 6 de julio del 2013, 12.000 habitantes de la Comuna 8, están sin
agua potable. La nota describe la
situación de muchas personas de los
barrios Golondrinas, El Pacífico y Altos de la Torre, que no cuentan con
acueducto, toman agua de quebradas que llevan basura y hasta materia fecal. Según
la noticia, Empresas Públicas de Medellín -EPM y el Municipio construyen este acueducto,
en el cual se menciona que la Alcaldía ha invertido $13.410 millones de pesos
en redes de acueducto y alcantarillado y que falta invertir otros 21.000
millones; se estima que con esta inversión tendrán acueducto y alcantarillado
3.500 casas de las 4.500, que al momento no tienen acceso; la pregunta obligada
sería: ¿qué va a pasar con las 1.500
familias que están sin conexión?
El barrio las Golondrinas, ubicado en la zona Centro Oriental, alberga una
comunidad de personas afrodescendientes, en su mayoría desplazadas por efectos
del conflicto armado de la región del Urabá Antioqueño. Estas familias, se asentaron en estos
territorios en situación de alto riesgo, como única alternativa ante la falta
de protección de sus derechos por parte del Estado, siendo afectadas por el empobrecimiento
y la falta de calidad de vida, que se expresa en altas tasas de desempleo, baja
calidad de la vivienda, poca cobertura de servicios públicos y falta de
condiciones de saneamiento básico.
A lo anterior se suma la amenaza de megaproyectos como el Cinturón Verde
Metropolitano (nombrado también como Jardín Circunvalar), que pese a ser
descrito por la Alcaldía de Medellín, como una estrategia a largo plazo de
desarrollo integral de la zona de encuentro entre lo urbano y lo rural,
mejorando la calidad de vida de los habitantes y consolidando un territorio
equilibrado y equitativo,[3]
genera preocupaciones, en tanto es un megaproyecto que ha recibido una lluvia
de críticas por sus altos impactos sociales, económicos y ambientales, por
asuntos tales como: la afectación en el valor de los suelos; el cambio en el
ordenamiento territorial de Medellín, por la transformación del uso del suelo;
la poca concertación del proyecto con las familias que van a afectar; el
desalojo y reubicación de un importante número de familias, que tienen
consolidado un tejido social y humano en los territorios, etc. Para las organizaciones comunitarias ubicadas
en estos territorios, el Cinturón Verde, no deja de tener el propósito de
continuar con la especulación inmobiliaria, desde la lógica de la estética
urbanística y turística, transformando
para intereses privados el territorio.
Para avanzar en la comprensión de la problemática de las familias que no tienen
acceso al agua, el Tribunal DESC de las Mujeres y la Mesa Interbarrial de Desconectados,
realizó una investigación con 42 familias, que están constituidas por alrededor
de 200 personas. Con los hallazgos de
esta investigación se interpusieron 34 tutelas, en las cuales se describe la
relación cotidiana de esta comunidad con el agua. A continuación presentamos algunos
comentarios y testimonios al respecto:
·
“Pasamos semanas enteras que al abrir las canillas no
sale una gota de agua. Los Tanques de abastecimiento sólo llegan hasta el colegio; hacia abajo y en las partes
altas y la periferia, no tienen agua; el sistema de acueducto y alcantarillado,
está en condiciones deficientes (ancho de la tubería estrecho, agua
escasa, por falta de recursos no se
hacen las reparaciones de los sistemas y la red, no hay una adecuada programación
de servicios, etc.), el tanque
almacenador que está ubicado muy lejos de las personas afectadas”.
·
Las familias que no pueden cargar el agua, pagan para que otras personas
recojan y carguen el agua del tanque almacenador. Las mujeres cargadoras de
agua, tienen sobrecarga de trabajo y enfrentan condiciones infrahumanas: “En Las Golondrinas le dan a uno, tres o
cuatro mil pesos por tarro. En varias partes llevo hasta 15 tarros de agua.
Salgo a las siete de la mañana y termino a las nueve de la noche, cargando el
agua, y esta es mi ocupación y trabajo…”.
·
Las personas
bajan hasta el tanque almacenador (o pila pública), a cargar el agua, algunos
alquilan una lavadora y la ponen ahí al lado y lavan en la madrugada.
·
Los carro-tanques suben dos o tres veces a la semana, pero únicamente
suministran el agua a la escuela, no
está permitido entregarla a la gente.
·
Algunas familias canalizan el agua lluvia y con esta agua resuelven sus
necesidades, sin embargo, es importante considerar el riesgo que esto tiene
para la salud de las personas y particularmente de las mujeres. En estas
comunidades hay presencia de enfermedades gastrointestinales,
respiratorias y de la piel, así también como patologías relacionados con el
peso del agua cargada en canecas, dolores de columna y brazos.
Hay que reconocer que la NO GARANTÍA DEL MÍNIMO VITAL DE AGUA, es una vulneración
colectiva del derecho fundamental al agua, tanto a las familias desconectadas,
como a las comunidades que no acceden al acueducto público y que además no cuentan
con los recursos para mejorar el acueducto comunal. En el caso específico de
Golondrinas y otros sectores que en la ciudad no tienen acceso al servicio, el
Estado, en cabeza de las Alcaldía de Medellín y los entes públicos prestadores
del servicio, están obligados legal y constitucionalmente a tomar todas las medidas
para agilizar el proyecto de construcción del acueducto público en Golondrinas,
garantizando a la comunidad el acceso diario al mínimo vital de agua, mientras
se realiza la construcción. En este
sentido, están obligados a priorizar los recursos económicos para finalizar la
construcción del acueducto en estos sectores, y de este modo, asegurar la
cobertura de agua potable, ya que su no cumplimiento está violando la
jurisprudencia nacional e internacional en el tema.
El derecho fundamental al agua es de vital
importancia para las mujeres de la ciudad, por los impactos que tiene en su
calidad de vida, la no cobertura de este servicio público. Es importante, nombrar que algunos estudios
han demostrado que la falta de agua afecta de manera diferencial a hombres y a
mujeres, debido a la división de roles existente en la sociedad, ya que es la
población femenina sobre quien recae el trabajo reproductivo, trabajo de cuidado
de la infancia y la familia. En este sentido, las mujeres ocupan más tiempo en
la realización de sus labores, debido a que deben ocupar tiempo en la
consecución del preciado líquido, lo que implica menos espacio para el
descanso, el trabajo productivo, la educación, la recreación, entre otros,
ampliando las brechas en términos de acceso a condiciones de desarrollo y
bienestar social.
Para la exigibilidad
del DERECHO AL MÍNIMO VITAL DEL AGUA,
se exalta la necesidad de recoger los pronunciamientos de la Corte
Constitucional, en los cuales se exalta que las familias desconectadas, se les
debe garantizar el acceso a un mínimo vital; por lo cual la Alcaldía y los
entes prestadores del servicio, deben reconocer la vulneración que se está
cometiendo hacia las personas y familias desconectadas y garantizarles los
servicios.
[1] Entendida ésta como “un estado de completo bienestar físico, mental y
social y no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades. Preámbulo de la
Constitución de la Organización Mundial de la Salud, adoptada por la
Conferencia Sanitaria Internacional, Nueva York 1946.
[2]Artículo 79, Constitución Política
de Colombia
[3] Área Metropolitana del Valle de Aburrá. Cinturón Verde Metropolitano. Junio de 2012 http://www.medellin.gov.co/irj/go/km/docs/wpccontent/Sites/Subportal%20del%20Ciudadano/Medio%20Ambiente/Secciones/Publicaciones/Documentos/2012/ForoCiudadesSostenibles/Exposici%C3%B3n%20%C3%81rea%20Metropolitana%20del%20Valle%20de%20Aburr%C3%A1.pdf
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